sábado, 6 de junio de 2009

DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO


El derecho colectivo del trabajo es una parte del derecho laboral que comprende las relaciones que se establecen entre una asociación de trabajadores y un empleador o asociación de empleadores.

En cualquier país el derecho colectivo del trabajo tiene una estructura triangular que se asienta en tres institutos fundamentales: el sindicato, la negociación colectiva y la huelga. Si falta alguno de estos tres, el sistema todo se detiene.


El derecho colectivo del trabajo se divide en tres partes:

1.derecho de asociación sindical
2.derecho a crear conflictos colectivos
3.derecho a la contratación colectiva

1.DERECHO DE ASOCIACION SINDICAL



Derecho Laboral que regula la constitución y actividad de los sindicatos y de las organizaciones empresariales, así como el ejercicio del derecho de huelga. Sin embargo, el Derecho Sindical no es una rama autónoma, porque sus normas relativas a la organización sindical, caen dentro del Derecho del Trabajo y dentro de este del Derecho Colectivo de Trabajo.

Deacuerdo con el articulo 39 de la constitución politica ,los empleadores y los trabajadores tienen el derecho de asociarse libremente en defensa de sus intereses,formando asociaciones sindicales




El sindicato tiene como objetivo principal el bienestar de sus miembros y generar mediante la unidad, la suficiente capacidad de negociación como para establecer una dinámica de diálogo social entre el empleador y los trabajadores. La libertad sindical de los trabajadores para crear, organizar, afiliarse, no afiliarse o desafiliarse a sindicatos libremente y sin injerencias del Estado o de los empleadores, es considerada como un derecho humano básico.


2.DERECHO A CREAR CONFLICTOS COLECTIVOS



El Derecho Colectivo del Trabajo, que conforma, junto al Derecho Individual, uno de los dos troncos fundamentales del Derecho del Trabajo, es considerado por muchos doctrinarios un derecho, algo inorgánico, por no atenerse en la vida real a normas rígidas y receptar en su seno en forma dinámica todas las influencias de múltiples sectores de la vida social.-

Por conflicto laboral entendemos la disputa de cualquier clase, emergente de una relación de derecho laboral, entre trabajadores y empleadores, sea ella individual o colectiva y de carácter jurídico o económico, que trate acerca de intereses profesionales.

3.DERECHO A LA CONTRATACION COLECTIVA

es un tipo de contrato celebrado entre un sindicato o grupo de sindicatos y uno o varios empleadores, o un sindicato o grupo de sindicatos y una organización o varias representativas de los empleadores. También, en caso que no exista un sindicato, puede ser celebrado por representantes de los trabajadores interesados, debidamente elegidos y autorizados por estos últimos, de acuerdo con la legislación nacional.

El contrato colectivo de trabajo puede regular todos los aspectos de la relación laboral (salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, condiciones de trabajo, capacitación profesional, régimen de despidos, definición de las categorías profesionales), así como determinar reglas para la relación entre los sindicatos y los empleadores (representantes en los lugares de trabajo, información y consulta, cartelera sindical, licencias y permisos para los dirigentes sindicales, etc.).






Este tipo de contrato de trabajo se aplica a todos los trabajadores del ámbito (empresa o actividad) alcanzado, aunque no estén afiliados al sindicato firmante. También, aunque depende de la legislación de cada país, en los casos de CCT que abarcan un oficio o una actividad, suele aplicarse a todas las empresas del ámbito que alcanza el contrato, aun aquellas que no se encuentran afiliadas a las organizaciones de empleadores firmantes del CCT
Se llega a la conclusión de que el llamado contrato colectivo de trabajo, es en realidad un convenio, porque como lo dice el código civil es el acuerdo de dos o mas personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones, y el contrato es el por el que producen o transfieren las obligaciones o derechos.




ANDREA AREVALO




2 comentarios:

  1. por favor aclararme a que Constitución pertenece el articulo 39

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  2. No es una buena idea utilizar un préstamo de día de pago de forma regular. en el caso de que prolongue indefinidamente su fecha de reembolso y pida prestado a menudo para su cheque de pago posterior, podría generar una buena cantidad de dinero. sin embargo, es igual de sensato decidir sobre préstamos de día de pago, ya que pueden ser aprobados rápidamente exactamente el mismo día que ingresa su formulario de solicitud de préstamo. puede contactar con el sr. pedro oferta de préstamo porque mi préstamo de día de pago fue muy rápido, envíe un correo electrónico a pedroloanss@gmail.com para solicitar cualquier tipo de préstamo.

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